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Universidad Mayor de San Simón
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Disp. Generales 19/03/2024  00:57:09 signo_succ

Art. 1.- La Universidad Mayor de San Simón es una entidad autónoma, de derecho público, constituida por docentes y estudiantes, con personería jurídica propia, reconocida por el Art. 185 de la Constitución Política del Estado; cubre el área de la educación superior con sus funciones de enseñanza - aprendizaje, investigación científica y tecnológica e interacción social universitaria. Son también parte integrante de la Universidad Mayor de San Simón los dependientes administrativos, como personal de apoyo.

Art. 2.- De acuerdo al Art. 185 de la Constitución Política del Estado y al Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana , se entiende por autonomía; la capacidad que tiene la Universidad para la libre administración de su patrimonio, la elección de sus autoridades, el nombramiento de su personal docente y administrativo, la elaboración y aprobación de sus estatutos, planes de estudio, reglamentos y presupuestos anuales, así como la capacidad que se le reconoce para aceptar legados y donaciones, para celebrar contratos y negociar empréstitos con garantía de sus bienes y recursos, previa aprobación legislativa.

Art. 3.- La autonomía universitaria es un derecho imprescriptible e inalienable, que implica obligaciones y reconoce derechos para autoridades, docentes, estudiantes y dependientes administrativos.

Art. 4.- La base de la organización democrática de la Universidad Mayor de San Simón, descansa en la decisión soberana de la totalidad de docentes y estudiantes, expresada mediante el voto universal y el co-gobierno paritario docente-estudiantil.

Art. 5.- La Universidad Mayor de San Simón forma parte del Sistema Nacional de la Universidad Boliviana.

Art. 6.- La Asamblea General docente-estudiantil, expresión soberana de la Comunidad Universitaria , se reunirá toda vez que la Universidad enfrente graves problemas que amenacen su vida institucional autónoma o se presenten serios peligros referidos a las libertades democráticas del pueblo boliviano y será convocada por el Consejo Universitario y/o el Rector, en consulta con las direcciones docentes y estudiantiles.

PRINCIPIOS

Art. 7.- La autonomía, respecto del poder estatal y de cualesquiera formas de poder económico y/o social y la libertad académica de cátedra, es el fundamento básico en el que la Universidad sustenta toda su actividad, constituyéndose, para el efecto, en un contexto eminentemente democrático, libre de toda interferencia que menoscabe el cumplimiento de sus finalidades específicas de formación, investigación e interacción social.

Art. 8.- Los principios de autonomía universitaria y co-gobierno, son de carácter irrenunciable e imponen obligaciones y reconocen derechos a Las autoridades, profesores, estudiantes y dependientes administrativos. La vulneración de estos principios, cualesquiera sean los procedimientos, implica atentado contra la existencia e integridad de la Universidad y hace, a sus autores, indignos de toda condición universitaria.

Art. 9.- El co-gobierno paritario docente-estudiantil, consiste en la participación democrática de profesores y estudiantes en todos los niveles de gobierno y decisión de la Universidad , expresando los intereses y aspiraciones del pueblo boliviano.

La participación estudiantil, en el gobierno paritario, no supone el ejercicio de las competencias ejecutivas de los órganos de gobierno universitario.

Art.10.- Siendo la Universidad una institución de enseñanza superior, rigen para ella los principios pedagógicos que orientan el proceso Enseñanza-Aprendizaje, los de Investigación Científica y Tecnológica, así como los de Interacción Social Universitaria.

Art. 11.- La inviolabilidad de los recintos y predios universitarios y la independencia ideológica de docentes y estudiantes, constituye uno de los principios básicos del ser de la Universidad.

La violación de la autonomía de una Universidad, se considera como violación a todo el Sistema.

Art. 12.- La enseñanza universitaria debe ser nacional y científico, por su contenido y democrática por su forma, pues, sólo un ambiente democrático puede hacer florecer la cultura al servicio del pueblo.

Art. 13.- La Universidad Boliviana , en la realización de su política educativa, es nacional, científica, democrática, popular y anti-imperialista, en un proceso dialéctico de vinculación y mutua influencia entre la Universidad y la Sociedad.

Es nacional, porque parte de la realidad socioeconómica y cultural, auténticamente boliviana y se pone al servicio de Ella sin apartarse del contexto latinoamericano y mundial, en procura de su desarrollo económico, soberano e integral. Es científica, porque utiliza los adelantos de la ciencia y la tecnología alcanzados por la humanidad, adecuándolos a nuestra realidad, por encima de toda concepción metafísica, dogmática y sobre todo, porque liga constantemente la teoría con la práctica, con claro sentido crítico-dialéctico, desarrollando, sin restricciones, las tareas de la investigación a todo nivel. Es democrática, porque sustenta la eliminación de las barreras discriminatorias impuestas por el sistema económico social vigente, garantizando la libre participación de todos los sectores de nuestra población, así como de todas las ideologías, en la medida en que éstas no atenten contra al principio de la Autonomía Universitaria y el Co-gobierno Paritario Docente-Estudiantil. Es popular, porque tiende a integrarse a las amplias masas obreras, campesinas y capas medias de nuestro pueblo, por todos los mecanismos con que cuenta la Universidad en un proceso dinámico de integración. Es anti-imperialista, porque recoge los ideales emancipatorios de nuestro pueblo y orienta el desarrollo de su lucha por la liberación nacional y social.

Art. 14.- Ningún gobierno universitario impuesto por la violencia, la amenaza y la coacción, externa o interna, o que altere o desconozca el régimen autónomo institucional y democrático, será reconocido por la Universidad Mayor de San Simón,

Art. 15.- La tuición del Estado sobre las Universidades consiste en la obligación de los Poderes Públicos de respetar, defender y dignificar la Autonomía Universitaria y en sostener y fortificar sus economías, mediante recursos y subsidios.

FINES

Art. 16.- Son fines de la Universidad Mayor de San Simón:

  1. Contribuir a la creación de una conciencia nacional, partiendo del conocimiento de la realidad de dependencia, opresión y explotación del país, en la perspectiva de su independencia política, económica y social y de su autodeterminación.
  2. Formar profesionales idóneos en todas las áreas del conocimiento científico, tecnológico y cultural, que respondan a las necesidades del desarrollo nacional, regional y estén dotados de conciencia crítica.
  3. Preservar el patrimonio cultural de la Nación , desarrollar la investigación científica, proceder a la formación profesional humanista y técnica y cumplir una misión social al servicio del pueblo que la sostiene y al que se debe.
  4. Asimilar, crear y desarrollar la ciencia y la técnica, mediante la investigación objetiva de la realidad para su transformación.
  5. Identificar el quehacer científico-cultural con los intereses populares, integrándose a ellos en la lucha por la liberación nacional.

OBJETIVOS

Art. 17.- Son objetivos de la Universidad Mayor de San Simón:

  1. Organizar y mantener institutos destinados a la capacitación cultural, técnica y social de los trabajadores y sectores populares.
  2. Planificar, ejecutar y evaluar la Educación Superior , como función básica y prioritaria, en el marco del Sistema Educativo Nacional.
  3. Contribuir a la elaboración de políticas de defensa y explotación racional de los recursos naturales.
  4. Cumplir su misión social, fundamentalmente a través de la interacción social universitaria, como medio de identificar a la Universidad con su pueblo.
  5. Asumir la defensa de Los principios básicos que inspiran y sustentan la existencia de la Universidad Boliviana , así como organizar la acción conjunta de las Universidades en caso de amenaza o de intervención al régimen de la Autonomía.
  6. Fortalecer los vínculos de la Universidad Mayor de San Simón con las demás Universidades de América Latina y con todas las Universidades y Centros Culturales del mundo.
  7. Sustentar en todas las actividades políticas que permitan optimizar y facilitar el acceso y permanencia de los sectores populares a la Universidad.
 
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